miércoles, 15 de agosto de 2018

San Ambrosio: el alma de María

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(Todo el que cree, como María, concibe y da a luz al Verbo de Dios y proclama sus obras)

Que resida, pues, en todos el alma de María, y que esta alma proclame la grandeza del Señor; que resida en todos el espíritu de María, y que este espíritu se alegre en Dios; porque, si bien según la carne hay sólo una madre de Cristo, según la fe Cristo es fruto de todos nosotros, pues todo aquel que se conserva puro y vive alejado de los vicios, guardando íntegra la castidad, puede concebir en sí la Palabra de Dios. 

El que alcanza, pues, esta perfección proclama, como María, la grandeza del Señor y siente que su espíritu, también como el de María, se alegra en Dios, su salvador; así se afirma también en otro lugar: Proclamad conmigo la grandeza del Señor. 

(Del Comentario de san Ambrosio, obispo, sobre el evangelio de san Lucas)

SAN ABROSIO DE MILÁN (Tréveris 340-Milán 397)
Ambrosio procedía de una noble familia cristiana, pero no estaba bautizado. Su padre Aurelio Ambrosio era prefecto de la Galia Narbonense. A la temprana muerte de su padre, su madre lo llevó a Roma, siendo todavía un muchacho, y lo preparó para la carrera civil, proporcionándole una sólida instrucción retórica y jurídica.

También estaba previsto que Ambrosio se convirtiera en funcionario imperial. En el lugar de Roma en que vivía con su hermana Marcelina, hoy en día se alza la iglesia de Sant’Ambrogio della Massima. Finalmente acabó trabajando en Sirmio bajo el prefecto Sexto Petronio Probo, una de las personalidades más relevantes del momento, que hacia 372 le encomendó la provincia Aemilia-Liguria (Emilia y Liguria). La sede de la provincia estaba en Milán, que por aquel entonces también era residencia imperial.

La diócesis de Milán, como toda la Iglesia, estaba profundamente dividida entre católicos y arrianos. En el año 374, tras la muerte de Auxentius, un arriano, el prefecto, muy respetado por todos, acudió personalmente a la basílica, donde se iba a celebrar la elección, para impedir cualquier conato de rebelión. Según la tradición, su discurso fue interrumpido por el grito de un niño: Ambrosius episcopus!

Años más tarde, fue mentor del entonces joven rétorico Austin, futuro San Agustín de Hipona, que se convirtió oyendo sus sermones.




jueves, 9 de agosto de 2018

Juan Pablo II: ¿Es posible una praxis pastoral contraria a la ley moral?





"Algunos autores, queriendo poner de relieve el carácter creativo de la conciencia, ya no llaman a sus actos con el nombre de juicios, sino con el de decisiones. Sólo tomando autónomamente estas decisiones el hombre podría alcanzar su madurez moral. No falta quien piensa que este proceso de maduración sería obstaculizado por la postura demasiado categórica que, en muchas cuestiones morales, asume el Magisterio de la Iglesia, cuyas intervenciones originarían, entre los fieles, la aparición de inútiles conflictos de conciencia. Algunos han propuesto una especie de doble estatuto de la verdad moral. Además del nivel doctrinal y abstracto, sería necesario reconocer la originalidad de una cierta consideración existencial más concreta. Ésta, teniendo en cuenta las circunstancias y la situación, podría establecer legítimamente unas excepciones a la regla general y permitir así la realización práctica, con buena conciencia, de lo que está calificado por la ley moral como intrínsecamente malo. De este modo se instaura en algunos casos una separación, o incluso una oposición, entre la doctrina del precepto válido en general y la norma de la conciencia individual, que decidiría de hecho, en última instancia, sobre el bien y el mal. Con esta base se pretende establecer la legitimidad de las llamadas soluciones pastorales contrarias a las enseñanzas del Magisterio, y justificar una hermenéutica creativa, según la cual la conciencia moral no estaría obligada en absoluto, en todos los casos, por un precepto negativo particular.
Con estos planteamientos se pone en discusión la identidad misma de la conciencia moral ante la libertad del hombre y ante la ley de Dios. 

(Veritatis splendor, 6 agosto 1993, nn. 55 y 56. )


viernes, 3 de agosto de 2018

Pena de muerte en el Catecismo de la Iglesia católica

Esta es la versión de 1995 (que modificaba, a su vez, ligeramente la primera versión, que constaba en la primera edición del Catecismo de la Iglesia católica de 1992), publicado bajo la autoridad magisterial de san Juan Pablo II:

n. 2267 “La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas. Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana.
Hoy, en efecto, como consecuencia de las posibilidades que tiene el Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a aquél que lo ha cometido sin quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse, los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo «suceden muy rara vez, si es que ya en realidad se dan algunos”

Y esta es la modificación que ha introducido el papa Francisco:


2267. Durante mucho tiempo el recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad legítima, después de un debido proceso, fue considerado una respuesta apropiada a la gravedad de algunos delitos y un medio admisible, aunque extremo, para la tutela del bien común.
Hoy está cada vez más viva la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes muy graves. Además, se ha extendido una nueva comprensión acerca del sentido de las sanciones penales por parte del Estado. En fin, se han implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la necesaria defensa de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la posibilidad de redimirse definitivamente.
Por tanto la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que «la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona»[1], y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo.

[1] Francisco, Discurso del Santo Padre Francisco con motivo del XXV Aniversario del Catecismo de la Iglesia Católica, 11 de octubre de 2017: L’Osservatore Romano, 13 de octubre de 2017, 5.

Y aquí, la explicación de la Sagrada Congregación para la doctrina de la fe, en escrito de su Prefecto, Mons. Luis Ladaria: 

“La nueva redacción del n. 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica, aprobado por el Papa Francisco, se sitúa en continuidad con el Magisterio precedente, llevando adelante un desarrollo coherente de la doctrina católica”. Indica también que la nueva formulación “quiere ser un impulso para un compromiso firme, incluso a través de un diálogo respetuoso con las autoridades políticas, para que se favorezca una mentalidad que reconozca la dignidad de cada vida humana y se creen las condiciones que permitan eliminar hoy la institución jurídica de la pena de muerte ahí donde todavía está en vigor”.